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XI BIS

Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas
XI Bis.-Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas a quienes, por cualquier motivo, se les entreguen o permita usar recursos públicos. Asimismo, cuando la normatividad interna lo establezca, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;