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III

Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas
III. Las atribuciones de cada unidad administrativa, incluyendo los indicadores de gestión;

 

 

Consulte las atribuciones del o la Coordinador(a) General en el Boletín Oficial publicado el día jueves 12 de enero del 2012, Tomo CLXXXIX, Número 4, Secc. 1 y que a continuación se describen:

El Consejo Directivo de la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas, con fundamento en lo establecido en el artículo 56 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora y el artículo 81, fracción V de la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas de Sonora, ha tenido a bien aprobar el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

 

DE LAS ATRIBUCIONES DEL COORDINADOR GENERAL

CAPÍTULO IV

DEL COORDINADOR GENERAL

Artículo 20.- El o la Coordinador(a) General de la Comisión, además de las atribuciones que le confiere el artículo 84 de la Ley, tendrá las siguientes:

  1. Vigilar el exacto y oportuno cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo;
  2.  Acordar con los titulares de las unidades administrativas, o con los demás servidores públicos de la Comisión, el despacho de los asuntos a su cargo;
  3. Definir las políticas de instrumentación de los sistemas de control que fueren necesarios, tomando las acciones correspondientes para corregir las deficiencias que se detecten y presentar al Consejo Directivo informes periódicos sobre el cumplimiento de los objetivos del sistema de control, su funcionamiento y programa de mejoramiento;
  4. Proporcionar al Comisario Público Oficial o Ciudadano, designado por la Secretaría de la Contraloría General, las facilidades e informes necesarios para el desempeño de su función;
  5. Presentar al Consejo Directivo el informe del desempeño de las actividades de la Comisión, incluyendo el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos y los estados financieros correspondientes. En el informe y en los documentos de apoyo se cotejarán las metas propuestas y los compromisos asumidos por la Coordinación General, con las realizaciones alcanzadas;
  6. Presentar anualmente al Consejo Directivo, dentro de los dos primeros meses del año, los estados financieros y el informe de actividades del ejercicio anterior;
  7. Someter a la consideración del Consejo Directivo, a más tardar en la primera quincena del mes de octubre de cada año, el anteproyecto del presupuesto y el programa operativo anual, mismos que deberán elaborarse de conformidad con la legislación aplicable;
  8. Coordinar las actividades requeridas para el buen funcionamiento del Consejo Consultivo;
  9. Proponer al Consejo Directivo los nombramientos de los servidores públicos;
  10. Fungir como Administrador de los instrumentos financieros que se creen para promover el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas;
  11. Acordar y suscribir los convenios y contratos relativos al objeto de la Comisión;
  12.  Promover y realizar acciones que permitan el desarrollo integral sustentable de los pueblos y comunidades indígenas; y
  13. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables, o expresamente le encomiende el Consejo Directivo


Dr. Abel Leyva Castellanos, Coordinador General de la CEDIS

 

Atribuciones de la Dirección General de Administración

Responsable. - Lic. Miguel Ángel Constantino Montalvo, Subdirector de Administración

 

Atribuciones de la Dirección General de Operación de Programas Institucionales

Responsable. - C. Reynaldo Millan Cota, Director General de Operación de Programas Institucionales

 

Atribuciones de la Dirección de Planeación del Desarrollo Indígena

Responsable. - Lic. Pedro Iván Mendívil Kawaminami

 

Atribuciones de la Dirección Jurídica

Responsable. - Lic. Oscar Alejandro Núñez Montijo

 

ORGANIGRAMA POR UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

INDICADORES DE GESTION

2017

 

 DE LA CEDIS

 

 

 

 

Unidad administrativa responsable de su elaboración.

Dirección Jurídica, titular. - Lic. Oscar Alejandro Núñez Montijo







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