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Artículo 17

Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas

En apego a las acciones preventivas implementadas por la Administración Pública Estatal, con motivo del Proceso Electoral 2024, el contenido de esta plataforma será modificado temporalmente en atención a las disposiciones legales y normativas en materia electoral.

Artículo 17.- Además de la información referida en la fracción XVIII del artículo 14, los sujetos obligados oficiales deberán difundir los informes que presenten las personas a quienes entreguen recursos públicos sobre el uso y destino de dichos recursos.



Artículo 17.- Además de la información referida en la fracción XVIII del artículo 14, los sujetos obligados oficiales deberán difundir los informes que presenten las personas a quienes entreguen recursos públicos sobre el uso y destino de dichos recursos.